COMUNICADO Y Evolución del Covid-19 en Isla Cristina a 5 de Marzo de 2021

COMUNICADO AYUNTAMIENTO ISLA CRISTINA SOBRE LAS NUEVAS MEDIDAS FRENTE AL COVID-19 EN LA PROVINCIA DE HUELVA

Las autoridades sanitarias han informado al Ayuntamiento sobre las nuevas medidas frente al COVID-19 para los municipios que se encuentran en nivel 2 de Alerta.

De nuevo, desde el Consistorio se recuerda a la ciudadanía que sigan extremando las precauciones y no se relajen, ya que no estamos exentos de un repunte en los contagios si no cumplimos con las normas y protocolos de seguridad.

MEDIDAS

1️⃣LIMITACION ENTRADA Y SALIDA

⛔Se mantiene la limitación de entrada y salida de la Comunidad Autónoma de Andalucía y de las Provincias desde las 00:00 del 5 de marzo hasta las 00:00 del 19 de marzo

2️⃣LIMITACION DEL NÚMERO DE PERSONAS QUE PUEDEN PERMANECER JUNTAS

✅La permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como  al  aire  libre,  queda  condicionada  a  que  no  se  supere  el  número  máximo  de 6 personas, salvo que se trate de convivientes, a excepción de velatorios y entierros

✅La  permanencia  de  grupos  de  personas  en  espacios  de  uso  privado  queda condicionada a que no se supere el número máximo de 6 personas, salvo que se trate de convivientes.

✅A excepción de los espacios cerrados de hostelería y restauración en los que no se podrá superar el número máximo de 4 personas

3️⃣LIMITACIÓN DE PERMANENCIA EN LUGARES DE CULTO

✅Para el nivel de Alerta 2 el aforo máximo es del 50%

✅Para el nivel de Alerta 4 el aforo es del 30%

4️⃣ PASAN A NIVEL DE ALERTA 2

✅Todos los municipios que integran el

?? Distrito Sanitario Huelva-Costa,

??el Distrito Sanitario Condado-Campiña

??el Área de Gestión Sanitaria Norte de Huelva

??Distrito Sanitario Aljarafe de Sevilla (Chucena e Hinojos)

✅Durante  7  días  contados  desde  las 00:00 horas del día 5 de marzo de 2021

5️⃣SE MANTIENEN EN NIVEL DE ALERTA 4 GRADO 1

✅ Distrito Sanitario  Sevilla  Norte, que integra los municipios onubenses de

??Arroyomolinos de Leon

??Cala

??Santa Olalla del Cala

??Zufre

✅Durante 7 días desde las 00:00 del 5 de marzo de 2021

 ➡️Puedes consultarlo aquí ?http://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/521/BOJA21-521-00005-3892-01_00187801.pdf

Os voy a pasar un recordatorio de las Medidas recogidas en el Nivel de Alerta 2

⚠️ RECORDATORIO ?MEDIDAS FRENTE AL COVID-19 NIVEL DE ALERTA SANITARIA 2

✅ Corresponderá a los Ayuntamientos y a los órganos competentes de la Administración de la  Junta  de  Andalucía,  en  colaboración  con  las  Fuerzas  y  Cuerpos  de  Seguridad,  en  el ámbito de sus respectivas competencias, las funciones de vigilancia, inspección y control del correcto cumplimiento de las medidas

1️⃣MEDIDAS GENERALES Y DE AFORO

 ✅Se mantienen la medidas de distancia interpersonal de 1,5 m, uso obligatorio de mascarillas, higiene, etc

2️⃣PISCINAS DE USO COLECTIVO

✅Aforo máximo del 65%

3️⃣VELATORIOS, ENTIERROS

✅Los velatorios podrán realizarse con un límite máximo, en cada momento, de veinticinco personas en espacios al aire libre o de diez personas en espacios cerrados , salvo en este último caso que los convivientes fueran un número superior.

✅ La  participación  en  funeral  o  comitiva  para  el  enterramiento  o  cremación  de  la persona  fallecida  se  restringe  a  un  máximo  de  veinticinco  personas,  entre  familiares  y allegados

4️⃣CEREMONIAS CIVILES

✅Las personas que acudan a ceremonias civiles deberán estar sentadas,  cumpliéndose  en  todo  caso  la  medida  de  distancia  interpersonal  establecida.

✅El aforo máximo del 50% que permita mantener la distancia interpersonal

⚠️ RECORDATORIO?MEDIDAS FRENTE AL COVID-19 NIVEL DE ALERTA SANITARIA 2

1️⃣HOTELES Y ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS

✅ La  ocupación  de  las  zonas  comunes  de  los  hoteles  y  alojamientos  turísticos  no podrá  superar  el  50%  de  su  aforo.

✅ Las  actividades  de  animación  o  clases  grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 15 personas

 2️⃣TURISMO ACTIVO Y DE NATURALEZA

 ✅El máximo de personas permitidas por grupo será de 30.

3️⃣ACTIVIDADES DE GUÍA TURÍSTICO

✅El máximo de personas permitidas por grupo será de 20.

3️⃣TRANSPORTE PUBLICO

✅se podrán usar la totalidad de los asientos

4️⃣TRANSPORTE PRIVADO

✅Se podrá ocupar el 100% de las plazas en todos los vehículos

5️⃣ACTIVIDADES EDUCATIVAS AMBIENTALES, VISITAS GUIADAS A ESPACIOS NATURALES

✅deberán  realizarse  en  grupos  de  hasta diez  personas  participantes  cuando  se  realicen  en  espacios  cerrados.

✅En  caso  de  que estas  actividades  se  lleven  a  cabo  al  aire  libre,  deberán  contar  con  un  máximo  de  20 participantes.

✅los  equipamientos  de  recepción  e  información  en  espacios naturales tendrán como límite el 70% de su aforo máximo.

6️⃣ACADEMIAS, AUTOESCUELAS Y CENTROS PRIVADOS DE ENSEÑANZA NO REGLADA

✅ La ocupación máxima será del 75 % del aforo autorizado si se guarda la debida distancia interpersonal, con un máximo por aula de 25 personas

7️⃣PARQUES Y JARDINES, PARQUES INFANTILES ETC

✅Estarán abiertos con  aforo  máximo  estimado  de  una  persona  por  cada  cuatro  metros  cuadrados  de espacio computable de superficie del recinto

✅Las actividades de animación, deportivas o grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de 15 personas. Limpieza y desinfección diarias de equipamientos.

8️⃣ACTIVIDAD CINEGÉTICA

✅Estará  permitida  la  actividad  cinegética  en  todas  sus  especialidades  siempre  que  se respete la distancia de seguridad interpersonal y se haga uso de la mascarilla, salvo que la naturaleza de la actividad no haga compatible su uso

✅Para  el  desarrollo  de  la  actividad  cinegética  organizada  que  implique  a  más  de  un cazador, la persona responsable de la cacería deberá disponer de un plan de actuación

✅Cuando  dentro  de  la  actividad  cinegética  se  desarrolle  algún  tipo  de  servicio  de hostelería  y  restauración,  el  aforo  será  del  75  %  con  máximo  de  100  personas  en  el interior  y  150  en  el  exterior.  El  servicio  en  mesas  será  de  un  máximo  de  6  personas. Si  se  realiza  en  establecimiento  hostelero  regirán  los  aforos  y  medidas  de  hostelería  y restauración para este nivel.

✅No se compartirán utensilios de caza, ni bártulos de comida o de bebida.

9️⃣PESCA FLUVIAL Y MARÍTIMA DEPORTIVA Y RECREATIVA

✅Estará permitida la práctica de la pesca fluvial y marítima, deportiva y recreativa, en todas sus modalidades, siempre que se respete la distancia de seguridad  interpersonal  y  se  haga  uso  de  la  mascarilla,  salvo  que  la  naturaleza  de  la actividad no haga compatible su uso

✅En  caso  de  pesca  deportiva  desde  embarcación  estará  permitido  como  máximo  el número de personas autorizadas en los certificados de navegabilidad de la embarcación.

✅No se compartirán utensilios de pesca, ni utillaje de comida o de bebida

⚠️ RECORDATORIO ?MEDIDAS FRENTE AL COVID-19 NIVEL DE ALERTA SANITARIA 2

1️⃣EDUCACIÓN

✅Se mantiene la presencialidad en las aulas

2️⃣DEPORTES INCLUIDOS GIMNASIOS Y ACADEMIAS DE BAILE

✅Se  establece  un  límite  del  aforo  para  la  práctica  físico-deportiva  del  65%  en espacios  deportivos  convencionales  al  aire  libre,  así  como  en  los  espacios  deportivos convencionales cubiertos.

✅El  aforo  para  los  espectadores  se  limitará  al  65%  en  instalaciones  deportivas convencionales al aire libre y cubiertas, y hasta un máximo de 800 personas al aire libre y 400 personas en cubiertas

✅ El público deberá permanecer sentado y con localidades preasignadas.

✅Si  la  naturaleza  del  deporte  fuera  de  competición  hace  inviable  mantener  la distancia de seguridad establecida, en cualquier caso, debe limitarse el número máximo de  deportistas  y  constituir  grupos  estables  de  no  más  de  25  deportistas  en  deportes colectivos  o  de  equipo  II ,  atendiendo  a  la  definición  realizada  en  el  anexo  del  Decreto 336/2009,  de  22  de  septiembre,  por  el  que  se  regula  el  Deporte  de  Rendimiento  de Andalucía, y de 10 deportistas en el resto de deportes

✅En el caso de que la práctica de este  tipo  de  deportes  sea  libre  y  no  organizada,  se  recomienda  realizar  la  práctica  con grupos estables de deportistas

✅ Cuando se desarrollen actividades y eventos deportivos de ocio y de competición que  concentren  a  más  de  800  personas  entre  participantes  y  público  al  aire  libre  o  en instalaciones  deportivas  al  aire  libre,  y  en  el  caso  de  que  concentren  a  más  de  400 personas  en  instalaciones  deportivas  cubiertas,  las  autoridades  sanitarias  competentes deberán  realizar  una  evaluación  del  riesgo  para  otorgar  la  autorización  conforme  a  lo previsto en el documento «Recomendaciones para eventos y actividades multitudinarias en el contexto de nueva normalidad por COVID-19 en España», acordado en la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

✅El límite horario será de las 21:30 h.

✅ Las  prácticas físco-deportivas de deporte de ocio y las clases grupales de baile deberán diseñarse y planificarse de tal manera que se establezcan uno o más grupos de 15 personas con una distancia mínima de seguridad de 2 metros entre personas y de 3 metros entre grupos, sin contacto físico, uso de mascarilla y sin compartir material.

3️⃣NAVEGACIÓN DE RECREO

✅Con  carácter  general  estará  permitido  como  máximo  el  número  de  personas autorizadas en los certificados de navegabilidad de la embarcación o aeronave.

✅En el caso de las motos náuticas, no podrá superar el número de plazas autorizadas por el fabricante de la misma

✅ Se  podrán  llevar  a  cabo  las  prácticas  de  navegación  para  la  obtención  de  títulos de  recreo  que  requieran  del  uso  de  embarcaciones  de  recreo

4️⃣ACAMPADAS Y CAMPAMENTOS JUVENILES

 ✅Se  establecerá  una  limitación  de  un  máximo  de  150  participantes  en  espacios abiertos

✅Se establecerá un 50% del aforo habitual, con un máximo de 100 participantes, en espacios cerrados

✅Si  el  número  de  participantes  impide  observar  adecuadamente  las  medidas personales de higiene y prevención obligatorias se deberán establecer turnos

✅La  duración  de  la  actividad  no  podrá  exceder  de  12  horas

✅ La  actividad  se  organizará  y  desarrollará  en  espacios  netamente  separados,  por subgrupos de 10 menores de 12 años y 15 mayores de 12 años atendidos por 1 monitor responsable.

 ✅Los comedores no podrán superar  el  50%  del  aforo.  Con  un  máximo  de  4  personas  por  mesa  y  manteniendo  las distancias establecidas entre clientes para hostelería y restauración.

✅Las habitaciones compartidas de las actividades con pernocta se ocuparán al 50%

5️⃣ACTIVIDADES ZOOLOGICAS, BOTÁNICAS Y GEOLÓGICAS

✅Limitación del aforo  total  de  los  mismos  a  los  dos  tercios  y  al 50% en las atracciones.

✅Las visitas de grupos serán de un máximo de hasta 25 personas

6️⃣JUEGOS Y APUESTAS

✅La ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas será de 4 personas

✅No podrán superar el 75% del aforo autorizado

⚠️ RECORDATORIO ?MEDIDAS FRENTE AL COVID-19 NIVEL DE ALERTA SANITARIA 2

1️⃣ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES

✅La  hora  de  cierre  será  como  máximo  las  21:30

✅La ocupación del establecimiento no podrá superar el 75% del aforo autorizado

2️⃣MERCADILLOS AL AIRE LIBRE

✅La ocupación podrá  ser  del 100% del aforo autorizado si se cumplen las medidas de distancia

3️⃣OCIO NOCTURNO, RESIDENCIAS DE ESTUDIANTES Y PEÑAS Y SIMILARES

⛔Las  discotecas  y  locales  de  ocio  nocturno  no  podrán  abrir

✅Las Peñas, asociaciones    gastronómicas,    culturales,    recreativas o establecimientos similares deberán  cumplir  las  normas  de hostelería y restauración.

✅El cierre se establece a las 22.30 h

 ✅ La ocupación de las zonas comunes podrá ser del 75 % del aforo autorizado si se guarda la debida distancia interpersonal

4️⃣CULTURA

✅ Los  cines,  teatros,  auditorios,  establecimientos  especiales para  festivales,  circos  de  carpa  y  espacios  similares  de  titularidad  pública  o  privada podrán desarrollar su actividad, contando con butacas preasignadas, sin  superar  el  límite  del  aforo  permitido

✅75% del aforo permitido

✅En eventos multitudinarios  que concentren más de 200 personas para lugares cerrados y 300 tratándose de  actividades  al  aire  libre,  será necesaria una  de  evaluación  riesgo  específica.

✅Archivos, Bibliotecas y Centros de Documentación 75% del aforo permitido para cada una de sus salas y espacios públicos.

✅Monumentos, Conjuntos Culturales, Enclaves, Museos, Colecciones Museográficas y Sala de Exposiciones. 75% del aforo permitido para cada una de sus salas y espacios públicos. Las  visitas  de  grupos  serán  de  un  máximo  de  hasta  20  personas,  incluido  el monitor o guía.

5️⃣CONGRESOS, REUNIONES DE TRABAJO, ENCUENTROS, CONFERENCIAS, FERIAS COMERCIALES, ETC

✅No se podrá superar  en  ningún  caso  el  75  %  del  aforo  del  lugar  de  celebración  y  manteniendo  la distancia interpersonal establecida, con un límite máximo de 400 personas en espacios cerrados o de 800 en espacios al aire libre.

Aquí se me ha colado una hora que está mal, todas las referencias horarias son a las 21:30

⚠️RECORDATORIO  ?MEDIDAS FRENTE AL COVID-19 NIVEL DE ALERTA SANITARIA 2

1️⃣MEDIDAS EN BARES, RESTAURANTES, OCIO Y RECREATIVOS

✅ El consumo fuera o dentro del local se hará sentado en una mesa,  o  agrupaciones  de  mesas garantizando la distancia de 1,5 m

✅ La  ocupación  máxima  será  de  4 personas  por  mesa  o  agrupación  de  mesas en interior, en exterior se permite 6 personas por mesa

✅Se  establece  como  horario  de  cierre  de los  establecimientos  las  21:30h  como  máximo

✅No  podrán  superar  el  75%  de  aforo  máximo para consumo en el interior del local, o 60% en los establecimientos especiales de hostelería con música

✅Se permite el 100% de las terrazas

✅Se permite el consumo en barra con el distanciamiento establecido

2️⃣SALONES DE CELEBRACIONES

✅ El  consumo  de  bebida  y  comida  se  hará exclusivamente  en  mesa

✅Las  mesas  o  agrupaciones  de  mesas  tendrán  una  ocupación máxima de 4 personas en interior del local

✅ El horario de celebración será hasta las 21:30h

✅Aforo máximo del 75% con un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 100 personas en espacios cerrados

3️⃣ESTABLECIMIENTOS DE OCIO Y ESPARCIMIENTO

⛔Se mantienen cerrados los establecimientos destinados a esparcimiento y esparcimiento de menores

⛔Se mantiene la prohibición de botellones

⛔Se prohíbe la participación en cualquier agrupación o reunión de carácter privado, o no regulado, de más de 6 personas que tenga lugar en espacios públicos

4️⃣ESTABLECIMIENTOS RECREATIVOS

⛔ Los  establecimientos  recreativos  infantiles permanecerán cerrados

✅ Los centros de ocio y diversión, parques de atracciones y temáticos, y parques acuáticos  tendrán un aforo máximo de un 60% para lugares abiertos y a un tercio del aforo permitido para lugares cerrados

✅ Las atracciones de feria autorizadas por los Ayuntamientos tendrán aforo del 50% o un 30% si no se puede guardar la distancia mínima.

5️⃣FIESTAS, VERBENAS, ROMERÍAS Y OTRAS ACTIVIDADES FESTIVAS POPULARES O TRADICIONALES

✅ Se recomienda que no se celebren

6️⃣ESPECTÁCULOS TAURINOS

✅No  se  puede  superar  el  límite  del  50%  del  aforo permitido.

?Puedes consultar la Orden de 29 de octubre, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención del Covid-19 (Versión consolidada a 21 de enero de 2021) en el siguiente enlace ?https://www.juntadeandalucia.es/export/drupaljda/Orden_consolidada_de_29_de_octubre_consolidada_a_21_de_enero.pdf

⚠️Hay que tener en cuenta que el Decreto del presidente aumenta las reuniones de 4 a 6 personas, en el ámbito doméstico y en la restauración y hostelería al aire libre. ?http://www.juntadeandalucia.es/boja/2021/521/BOJA21-521-00005-3892-01_00187801.pdf