COMUNICADO AYUNTAMIENTO DE ISLA CRISTINA

Isla Cristina, 3 de mayo de 2020.- El pasado 1 de mayo, el Ayuntamiento de Isla Cristina, realizó un comunicado en el que, de manera muy clara, se trasladaba a la ciudadanía la Norma publicada ese mismo día por el Gobierno Central con motivo de la Fase 0 de la desescalada.

Es importante poner de manifiesto que la prioridad para el Ayuntamiento de Isla Cristina ha sido y es, el control de la propagación del virus en nuestra población. Por ello, y a pesar de que la Norma del Estado permitía ciertos usos en la playa, decidimos no ponerlos en marcha para dedicar todos los medios a nuestro alcance a la vigilancia de la población, a los controles en las entradas de nuestro municipio y a las tareas ya habituales que tanto Policía como Guardia Civil, vienen realizando desde siempre.

Con ello se ha conseguido mantener a raya una semana más la propagación del virus. Se ha conseguido también evitar que nuestras playas se hayan llenado de personas durante el puente de primero de mayo. Se ha conseguido evitar el efecto llamada que hubiera provocado el poder autorizar ese tipo de actividades en la playa.

Estas medidas han sido tomadas siempre de acuerdo con los municipios vecinos de la Costa y estamos convencidos que actuar de esta manera, ha permitido bajar la presión de nuestros hospitales, teniendo en estos momentos, mejor capacidad de respuesta si se produjera un rebrote de la pandemia.

Tenemos claro que tenemos que cumplir y hacer cumplir las normas que nos ordenan desde el Gobierno Central y Autonómico, pero a veces las características de nuestro municipio y los medios a nuestro alcance, hacen muy complicado el que puedan llevarse a cabo con total garantía si esas medidas no vienen acompañadas de medios que nos faciliten el trabajo. Por este motivo, se han tomado las decisiones que se han llevado a cabo en su momento, teniendo siempre la prioridad del control de la enfermedad por encima de cualquier otro derecho.

En esta fase de desescalada, es inviable poder tomar este tipo de decisiones desde la Autoridad Municipal y, por tanto, debemos de ceñirnos a lo estrictamente ordenado por las Administraciones en cada normativa que se publica en el Boletín Oficial del Estado.

Por ello, los paseos por la playa, el deporte náutico y el deporte para mayores de 14 años, únicos usos permitidos en las playas en la franja horaria y en las condiciones que se describen en las normas publicadas en el B.O.E, tienen que ser respetadas y autorizadas.

Isla Cristina tiene unas características que la diferencian del resto de los pueblos de la Costa. Nuestra playa está integrada en la población. Estamos convencidos que, sin la colaboración de la población, es muy difícil el control absoluto del cumplimiento de las órdenes. Pero también estamos convencidos que Isla Cristina seguirá dando ejemplo del cumplimiento de las mismas evitando así que pueda haber un rebrote de la enfermedad.

Tenemos que seguir dando ejemplo de civismo facilitando a la Guardia Civil y a la Policía Local su trabajo. Seguiremos velando por el cumplimiento de las normas y sancionando con firmeza aquellas actitudes que vayan en perjuicio de la Salud de todos y cada uno de los ciudadanos de nuestro término municipal.

Así, con respecto a ese comunicado del 1 de mayo se modifican los siguientes apartados a partir del día 4 de mayo:

FRANJAS HORARIAS

1.- La práctica del deporte individual y los paseos solo podrá llevarse a cabo entre las 06:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas.

2.- Aquellas personas que requieran salir acompañadas por motivos de necesidad y las personas mayores de 70 años podrán practicar deporte individual y pasear entre las 10:00 horas y las 12:00 horas y entre las 19:00 horas y 20:00 horas. Las personas mayores de 70 años podrán salir acompañadas de una persona conviviente de entre 14 y 70 años.

3.- Las franjas horarias antes mencionadas serán aplicables solo al pueblo de Isla Cristina, considerándose el resto de núcleos poblacionales (Pozo del Camino, Urbasur, Islantilla…) en las mismas condiciones que los municipios o entidades menores de 5000 habitantes, en los que la práctica de las actividades permitidas podrán llevarse a cabo entre las 06:00 y las 23:00 horas.

4.- La nueva franja horaria para los paseos de la población infantil será entre las 12:00 y las 19:00 horas, con una duración máxima de una hora y en una distancia no superior a un kilómetro desde el domicilio.

LUGARES PERMITIDOS

1.- Se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales (playas, pinares, etc…) y zonas verdes autorizadas, siempre que se respeten los límites establecidos en esta orden.

2.- No estará permitido el acceso a instalaciones deportivas cerradas para las prácticas previstas en esta orden.

3.- No se podrá hacer uso de vehículo motorizado o del transporte público para desplazarse a vías o espacios de uso público con el fin de practicar la actividad física prevista en esta orden.

La Policía Local tiene instrucciones de vigilar y sancionar las infracciones a las prohibiciones contenidas en esta norma, especialmente en la zona de playa.